Ley 10191. Fiscalías de Instrucción y Juzgados de Control

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición12 de Marzo de 2014
CÓRDOBA, 27 de marzo de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXC - Nº 40 Primera Sección
1ª
AÑO CI - TOMO DXC - Nº 40
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 27 DE MARZO DE 2014
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Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
Santa Rosa 740 - Tel. (0351) 434-2126/2127
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
Atención al Público: Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.
Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA
Fiscalías de Instrucción y Juzgados de Control
PODER
LEGISLATIVO
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE
Ley: 10191
CREACIÓN DE FISCALÍAS DE INSTRUCCIÓN Y
JUZGADOS DE CONTROL DE LUCHA
CONTRA EL NARCOTRÁFICO
ARTÍCULO 1º.- Créase una Fiscalía de Instrucción
Móvil de Lucha contra el Narcotráfico con sede en la
ciudad de Río Cuarto, con jurisdicción en la Segunda y
Décima Circunscripción Judicial.
ARTÍCULO 2º.- Créase una Fiscalía de Instrucción
Móvil de Lucha contra el Narcotráfico con sede en la
ciudad de Villa María, con jurisdicción en la Tercera y
Cuarta Circunscripción Judicial.
ARTÍCULO 3º.- Asígnase a la Fiscalía de Instrucción con
competencia Múltiple de 2º Turno de la ciudad de Cosquín,
el carácter de Móvil y competencia en materia de Lucha
contra el Narcotráfico, con jurisdicción en el Centro Judicial
Carlos Paz de la Primera Circunscripción Judicial y en la
Séptima y Novena Circunscripciones Judiciales.
ARTÍCULO 4º.- Créase el Juzgado de Control Nº 2 de
la ciudad de Río Cuarto de la Segunda Circunscripción
Judicial.El actual Juzgado de Control de la ciudad de Río
Cuarto pasará a denominarse Juzgado de Control Nº 1.
ARTÍCULO 5º.- El Juzgado de Control Nº 2 de la ciudad
de Río Cuarto tendrá asignada -además de las
competencias que por ley le corresponden- la de Lucha
contra el Narcotráfico en los términos del artículo 34 de la
Ley Nacional Nº 23.737, de conformidad a la adhesión
dispuesta por Ley Nº 10067.
ARTÍCULO 6º.- El Tribunal Superior de Justicia y la
Fiscalía General dispondrán las medidas que estimen
pertinentes a los fines de la distribución y/o reasignación
de causas en las fiscalías y juzgados de control que se
crean por la presente Ley, determinarán sus estructuras
y demás normas que se requieran para su efectiva
implementación.
ARTÍCULO 7º.- Facúltase a la Fiscalía General para
ampliar las competencias materiales de las fiscalías creadas
en la presente Ley, siempre que dicha ampliación no
desnaturalice la especialidad material para la que fueron
creadas.
ARTÍCULO 8º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Pro-
vincial.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PRO-
VINCIAL, EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA, A LOS DOCE DÍAS DEL
MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
OSCAR FÉLIX GONZÁLEZ
PRESIDENTE PROVISORIO
LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA
GUILLERMO CARLOS ARIAS
SECRETARIO LEGISLATIVO
LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA
PODER EJECU TI VO
Decreto N° 235 Córdoba, 17 de Marzo de 2014
Téngase por Ley de la Provincia N° 10.191, cúmplase,
comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
DRA. GRACIELA DEL VALLE CHAYEP
MINISTRA DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
Resolución Interna Nº 11
Córdoba, 20 de marzo de 2014
VISTA: La finalización del desarrollo
correspondiente al Sistema Informático
diseñado para la Mesa de Entradas de
la Oficina de Oficiales de Justicia, de-
pendiente de la Subárea de Documen-
tación e Información Pública de esta Área,
el cual permitirá el registro del ingreso de
mandamientos Judiciales y la asignación
de éstos a los Sres. Oficiales de Justicia,
en forma aleatoria por sorteo;
Y CONSIDERANDO: I) Que, el Área
de Tecnologías de la Información y
Telecomunicaciones ha concluído con el
diseño del sistema informático
referenciado, debiendo en consecuencia
proceder a su implementación, en aras
de brindar mayor transparencia y
eficiencia en la prestación del servicio. II)
Que, a su vez el Área de Administración
ha contribuído en la logística de su
desarrollo, a fin que los montos de los
aranceles que se abonan por el
diligenciamiento de los Oficios ingresados
y asignados, sean depositados en el
Banco de la Provincia de Córdoba. III)
Que en la actualidad, en la Oficina de
Oficiales de Justicia se recepcionan los
oficios a diligenciar junto al dinero
correspondiente a su Arancel, con el
riesgo en todo sentido que ello trae
aparejado, por lo que frente a tales
circunstancias se estima prudente el pago
de dichos montos en la entidad bancaria
mencionada. Por todo ello y las facultades
asignadas, el Director del Área
Servicios Judiciales, RESUELVE: 1)
Disponer que a partir del día 01 de abril
del corriente año, los montos de los
Aranceles correspondientes al diligen-
ciamiento de los Oficios que ingresen en
la Oficina de Oficiales de Justicia sean
depositados en la cuenta perteneciente
al Poder Judicial, debiendo los
interesados acompañar el comprobante
de pago al momento del ingreso de la
manda Judicial en la Mesa de Entradas
de la Oficina de Oficiales de Justicia.
2) Que a los fines de esclarecer sobre
el procedimiento a seguir para generar
la boleta de pago correspondiente a los
aranceles, se adjunta un instructivo como
Anexo I de la presente.
3) Cuando se trate de Oficios con
carácter de “Urgente” y que se hubieran
diligenciado sin haber sido registrados
en la Oficina respectiva, tanto el pago de
dicho arancel como su ingreso, deberán
ser realizados durante las dos primeras
horas hábiles del día siguiente, adjuntando
el oficio correspondiente.
4) Protocolícese. Comuníquese a los
interesados, al Área de Tecnologías
de la Información y Telecomunicacio-
nes y a la de Administración, al Colegio
Profesional y Federación de Abo-
gados, al Colegio de Martilleros y Co-
rredores Públicos y dése la más amplia
difusión.-
RICARDO J. ROSEMBERG
DIRECTOR DEL
AREA DE SERVICIOS JUDICIALES
AN EXO I
INSTRUCTIVO PARA LA CONFECCIÓN
DEL COMPROBANTE DE PAGO.
ARANCELES OFICIALES DE JUSTICIA
1- Ingresar a la página del Poder Judicial de
Cordoba en internet, a través de la dirección
web: www.justiciacordoba.gob.ar.
2- Luego se ingresará por el link que se muestra
como “Tasa de Justicia” –“Imprimir
comprobante de pago” o a través del disponible
como un gráfico de una “Etiqueta de código
de barras” que hace referencia al “Pago “Tasa-
Caja- Colegio”. Ambos links, están situados
en la parte derecha media-superior de la
pantalla.
3- Desde allí se ingresará a una pantalla que
muestra el Menú Principal destinado a la
“IMPRESIÓN DE COMPROBANTES DE
DIRECCION DEL ÁREA DE
SERVICIOS JUDICIALES
CONTINÚA EN PÁGINA 2
Lucha contra el Narcotráfico

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