Ley 23.928. Convertibilidad del austral

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Título 1: De la convertibilidad del austral

1. (Derogado por ley 25.561.)

2. (Derogado por ley 25.561.)

3. [El Banco Central de la República Argentina podrá comprar divisas con sus propios recursos o emitiendo los pesos necesarios para tal fin, y venderlas, al precio establecido conforme al sistema definido por el Poder Ejecutivo nacional, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley de Emergencia Pública y de Reforma del Régimen Cambiario.] (Texto según ley 25.561.)

4. (Derogado por ley 26.739.)

5. (Derogado por ley 26.739.)

6. [Los bienes que integran las reservas del Banco Central de la República Argentina son inembargables. Hasta el nivel que determine su directorio, se aplicarán exclusivamente al fin contemplado en el inciso q) del artículo 14 de la Carta Orgánica de dicha institución. Las reservas excedentes se denominarán de libre disponibilidad.

Siempre que resulte de efecto monetario neutro, las reservas de libre disponibilidad podrán aplicarse al pago de obligaciones contraídas con organismos financieros internacionales o de deuda externa oficial bilateral.

Cuando las reservas se inviertan en depósitos u otras operaciones a interés, o en títulos públicos nacionales o extranjeros pagaderos en oro, metales preciosos, dólares estadounidenses u otras divisas de...

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