Ley 8267 / 2010. Ley del 05 de Abril de 2010. Aviso Nro: 14207

Fecha de la disposición 9 de Abril de 2010
Número de Boletín27260
Fecha de Publicación 9 de Abril de 2010

Ley N° 8.267 La Legislatura de la Provincia de Tucumán sanciona con fuerza de LEY:

POLITICA PUBLICA INTEGRAL PARA LA PREVENCION Y ASISTENCIA A LAS ADICCIONES TITULO 1 POLITICA PROVINCIAL CONTRA LAS ADICCIONES CAPITULO I Objeto y Principios Rectores Artículo 1°.- Objeto - La presente ley tiene por objeto determinar los principios generales y organizativos para la elaboración de una política integral y sistémica orientada a la prevención y asistencia de los afectados por el consumo de sustancias químicas sicoactivas adictivas y demás conductas adictivas, considerándose la investigación, la prevención, el tratamiento, la rehabilitación, la reinserción social, el desarrollo de programas, la educación, la capacitación y la acción comunitaria. Será establecida Política de Estado Provincial Art. 2°.- Principios - Los principios que rigen la presente ley son:

  1. - Considerar el consumo de sustancias químicas sicoactivas adictivas y las conductas adictivas como un problema individual, social y sanitario. 2.- EI consumo de sustancias químicas sicoactivas adictivas y las conductas adictivas, están condicionadas y fuertemente influenciadas por un grupo de factores de orden genético, biológico, psicológico y del medio ambiente familiar-social-cultural. 3.- El consumo de sustancias químicas si coactivas adictivas y las conductas adictivas a su vez producen alteraciones de orden biológico, psicológico y en el medio ambiente familiar-social-cultural. 4.- Las acciones vinculadas con la prevención del consumo de sustancias químicas sicoactivas adictivas y las conductas adictivas, deben ser abordadas desde un Modelo Preventivo y Asistencial Integrador, Humanista y Transdisciplinario. 5.- Las personas en riesgo, las formalmente adictas, las que están en proceso terapéutico y aquellas ya recuperadas no serán sometidas a discriminación alguna, tendrán derecho a la confidencialidad y privacidad de sus datos en cuanto paciente y a recibir cobertura asistencial. 6.- Promover entre les obras sociales la adopción de programas médicos obligatorios en beneficio de las personas afectadas por el consumo de sustancia, químicas sicoactivas adictivas. TITULO 2 PLAN ESTRATEGICO INTEGRAL Art. 3°.- Implementar un Plan Estratégico Integral Permanente y Continuo, con acciones dirigidas a lograr los objetivos detallados en las siguientes áreas:

  2. Area de Prevención 2. Area de Atención 3. Area de Reinserción Social 4. Area de Investigación Capítulo I Area de Prevención Art. 4°.- Es objetivo general del área desarrollar estrategias preventivas enmarcadas en la doctrina de la prevención integral para lo cual deberá ejecutar las siguientes acciones:

  3. Disminuir la exposición a situaciones favorecedoras del consumo de sustancias químicas sicoactivas adictivas, sean éstas de venta libre, tolerada, legal o prohibida y las conductas adictivas en la población general. 1.1 Promover el dictado de normas sobre los límites y alcances de la propaganda vinculada con la inducción al consumo de sustancias químicas sicoactivas adictivas y las conductas adictivas, conforme a los principios de la presente ley, respetando los alcances de la libertad de prensa y de expresión. 1.2 Promover el dictado de normas sobre alcances y contenidos de las charlas, debates y todo tipo de información vertida en los establecimientos educativos públicos o privados, así como a la población en general, las que tendrán como objetivo dar a conocer las ventajas que genera la prevención, al mismo tiempo que remarcar los efectos nocivos y destructivos que causa la relación con sustancias químicas sicoactivas adictivas y las conductas adictivas. 1.3 Promover acciones tendientes a disminuir la vulnerabilidad de la población en general frente a la inducción al consumo de sustancias químicas sicoactivas adictivas y las conductas adictivas. 2. Impulsar el desarrollo de Unidades Locales de Prevención, que funcionen como Centros de Referencia en Municipios y Comunas, integrando a la familia, a la comunidad educativa, a centros de salud ya las organizaciones sociales. 2.1 Promover el desarrollo de metodologías, estrategias y abordajes preventivos, en el ámbito educativo y en el uso adecuado del tiempo libre, vinculadas con el fortalecimiento de habilidades para la vida:

    cognitivas, afectivas y sociales. Impulsar transformaciones curriculares que incluyan y actualicen aspectos de prevención y promoción de la salud. 2.2 Apoyar la formación de docentes y líderes en diferentes colectivos sociales, juvenil, barrial, deportivo, voluntariado, mediante Programas de Formación de...

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