Ley 8257 / 2010. Ley del 31 de Marzo de 2010. Aviso Nro: 14183

Fecha de la disposición 9 de Abril de 2010
Número de Boletín27260
Fecha de Publicación 9 de Abril de 2010

Ley N° 8.257 La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de LEY:

Artículo 1° Desaféctase de los fines previstos en la Ley N° 7142 (texto consolidado) -Activo por Activo-, un inmueble identificado con la siguiente nomenclatura catastral:

Circunscripción:

I, Sección:

A, Manzana:

6, Parcela:

3, Padrón N° 88.404, Matrícula:

22.961, Orden:

150, e inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral N° L-3.105. Art. 2°.- Autorízase al Poder Ejecutivo a ceder en comodato el inmueble descripto en el Artículo 1° por el término de diez (10) años a la Comuna Rural de Leales, para ser destinado al funcionamiento de un centro de usos múltiples y un centro de jubilados. Art. 3°.- Comuníquese. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Tucumán, a los once días del mes de marzo del año dos mil diez. Armando Roque Cortalezzi...

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