Ley 8382 / 2010. Ley del 20 de Diciembre de 2010. Aviso Nro: 18759

Fecha de la disposición24 de Diciembre de 2010
Número de Boletín27435
Fecha de Publicación24 de Diciembre de 2010

Ley N° 8.382 La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de LEY:

Artículo 1° Modifícase la Ley N° 7826, en la forma que a continuación se indica:

- Sustituir el Artículo 1°, por el siguiente:

"Artículo 1°.- Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación una fracción de un inmueble ubicado en la localidad de La Ramada de Abajo, departamento Burruyacu, con las siguientes medidas y linderos:

Norte:

89,74 mts., con Ruta Provincial N° 317. Sur:

84,78 mts., con propiedad de José Martínez y otros. Este:

190,64 mts., con propiedad del Superior Gobierno de la Provincia. Oeste:

167,94 mts., con propiedad de José Martínez y otros. Con una Superficie aproximada de 1 Ha. 5478,1645 mts.2 Identificado con la siguiente nomenclatura catastral:

Padrón N° 196.996, Circunscripción:

I, Sección:

K, Lámina:

15, Parcela:

213 D, Matrícula:

24169, Orden:

400, e inscripto en mayor extensión en el Registro inmobiliario en el Libro 32, Folio 153, Serie B, Año 1948 y Libro 6, Folio 12, Serie C, Año 1968, departamento Burruyacu." Art. 2°.- Comuníquese. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Tucumán, a los quince días del mes de diciembre...

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