LEY ASO-2561. Programa vocacionar. (Antes Ley 25575)
Fecha de Última Modificación | 31/03/2013 |
Rama | Administrativo Social |
Rango de Ley | Ley |
Fecha de Publicación | 6 de Mayo de 2002 |
Fecha de Sanción | 11 de Abril de 2002 |
Fecha de Promulgación | 6 de Mayo de 2002 |
Se instituye con fuerza de ley en el ámbito del Ministerio de Educación el Programa Vocacionar, destinado a promover acciones de orientación vocacional ocupacional en los niveles de Educación General Básica (tercer ciclo) y Educación Polimodal del Sistema Educativo Nacional.
Constituyen objetivos del Programa Vocacionar:
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Promover en el Consejo Federal de Educación el desarrollo de programas de orientación vocacional ocupacional, concertando su aplicación en las distintas jurisdicciones educativas;
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Proponer lineamientos y pautas para la eficiente ejecución de programas específicos, asesorar sobre la normativa legal y colaborar con los organismos técnicos del Ministerio de Educación en diseños curriculares, mecanismos de evaluación y capacitación docente en todo lo concerniente a la orientación vocacional ocupacional.
A través del presente programa, el Ministerio de Educación apoyará técnicamente a las jurisdicciones educativas a efectos de extender las actividades sistemáticas de orientación vocacional.
ocupacional en los servicios provinciales, incorporando y coordinando el aporte de universidades nacionales, organismos estatales y organizaciones no gubernamentales que desarrollan actividades afines a la orientación vocacional ocupacional.
Los organismos técnicos del Ministerio de Educación elaborarán, en coordinación con las organizaciones empresariales y sindicales, material informativo actualizado sobre las innovaciones tecnológicas del mercado laboral para su difusión a los organismos responsables de las jurisdicciones conjuntamente con documentación especializada de origen nacional y externo.
A través de distintos recursos y actividades, el Programa Vocacionar, promoverá el intercambio de experiencias y la permanente actualización del personal especializado que participa de las actividades de orientación vocacional ocupacional.
Los recursos financieros destinados al desenvolvimiento del Programa Vocacionar serán asignados en las partidas presupuestarias de gastos correspondientes al Ministerio de Educación.
El Ministerio de Educación, dando cumplimiento al artículo 99 de la Ley 26206 , en oportunidad de elevar al Congreso de la Nación la memoria anual, informará acerca del desarrollo de los programas jurisdiccionales que se impulsen en cumplimiento de la presente Ley.
LEY ASO-2561
(Antes Ley 25575) RAMA ADMINISTRATIVO ASISTENCIA SOCIAL