LEY AED-2166. Publicidad del dictado de cursos en la enseñanza privada (Antes Ley 24806)

Fecha de Última Modificación31/03/2013
RamaAdministrativo Educacion
Rango de LeyLey
Fecha de Publicación13 de Mayo de 1997
Fecha de Sanción16 de Abril de 1997
Fecha de Promulgación 5 de Mayo de 1997
Artículo 1

Establécese que toda persona y/o institución de propiedad privada destinada a la enseñanza, que dicte cursos presenciales, semipresenciales o a distancia, o cualquier otra forma de prestación de los mismos, deberá en la difusión de sus servicios, cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Tratándose de establecimientos con o sin reconocimiento oficial, si los cursos impartidos no cumplen con los planes y programas aprobados por el organismo educativo oficial correspondiente, no podrán incluir la mención de títulos con igual denominación a los que se expidieron o se expiden oficialmente;

  2. Deberán asimismo, hacer constar en toda su publicidad, en forma destacada, que el título y/o certificado que extienden no tiene carácter oficial;

  3. En caso de que no contaran con el reconocimiento oficial, deberán brindar al interesado información veraz, por medio de acta notificativa, en la que deberá constar:

    1. Clase de título y/o certificado que se entrega;

    2. Que no habilita para ejercer la docencia oficial o privada, o cualquier otra profesión cuya carrera o curso sea dictada por establecimientos de enseñanza de Nivel Inicial, Educación General Básica, Nivel Polimodal o Nivel Superior y que estén reconocidos oficialmente; o para continuar estudios superiores;

  4. En caso de que el establecimiento contara con reconocimiento oficial, deberá en cada carrera y/o curso que publicite, mencionar el número de resolución respectiva por el cual fueron aprobados, así como código y características del establecimiento.

Artículo 2

La violación a lo establecido por la presente Ley facultará a los ministerios de educación y/o secretarias educativas, cualquiera sea su jurisdicción, a que, a través del organismo encargado del reconocimiento y control de los establecimientos privados, intimen al cese de la difusión engañosa y al desarrollo de los cursos o carreras.

LEY AED-2166 (Antes Ley 24806) TABLA DE ANTECEDENTES Artículo del texto definitivo Fuente 1 a 2 Arts. 1 a 2. Texto original.

Artículos suprimidos:

Artículo 3

del texto original, observado por el Decreto 389/97, artículo 1°.

Artículo 4

de forma.

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