LEY AED-1025. Padrinazgo presidencial - becas (Antes Ley 20843)

Fecha de Última Modificación31/03/2013
RamaAdministrativo Educacion
Rango de LeyLey
Fecha de Publicación10 de Diciembre de 1974
Fecha de Sanción28 de Septiembre de 1974
Fecha de Promulgación 4 de Diciembre de 1974
Artículo 1

A partir de la promulgación de la presente ley, toda persona, cualquiera sea su edad, que haya sido apadrinada por el titular del Poder Ejecutivo, tendrá derecho a que el Estado nacional le asegure la realización gratuita de los estudios de nivel primario, secundario, universitario o especial que curse en establecimientos educativos oficiales.

Artículo 2

Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir la suma anual necesaria para el otorgamiento de las becas de estudio instituidas por el artículo anterior.

Artículo 3

El Poder Ejecutivo, al reglamentar el sistema de becas por padrinazgo presidencial, deberá contemplar la provisión de libros y útiles y todo aquello que sea inherente al alojamiento, alimentación y recreación del becario.

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