LEY ADM-0946. Ayuda a otros países en casos de emergencia (Antes Ley 20270)

Fecha de Última Modificación31/03/2013
RamaAdministrativo
Rango de LeyLey
Fecha de Publicación23 de Abril de 1973
Fecha de Sanción11 de Abril de 1973
Fecha de Promulgación11 de Abril de 1973
Artículo 1

Facúltase al Poder Ejecutivo para ceder a título gratuito a los Gobiernos de los países que afronten situaciones de emergencia en los aspectos social-sanitarios o de cualquier otra índole que afecten a su población, toda clase de bienes muebles y servicios que sean aptos para aliviar las consecuencias de tales eventos.

Artículo 2

A los fines previstos por la presente Ley, podrá disponerse el traslado al exterior del país de agentes del Estado cuya presencia en el lugar de los hechos se considere conveniente.

Artículo 3

Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley deberán imputarse a las partidas que el presupuesto de la Nación asigne para afrontar las emergencias contempladas en el Artículo 1°.

LEY ADM-0946 (Antes Ley 20270) TABLA DE ANTECEDENTES

Artículo del texto definitivo Fuente 1 Ley 22716, artículo 1. 2 y 3 Texto original.

ARTÍCULOS SUPRIMIDOS:

Artículo 4

de forma.

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