LEY ADM-2500. Programa de propiedad participada de los ex agentes de yacimientos petrolíferos fiscales (Antes Ley 25471)

Fecha de Última Modificación31/03/2013
RamaAdministrativo
Rango de LeyLey
Fecha de Publicación 4 de Octubre de 2002
Fecha de Sanción11 de Septiembre de 2002
Fecha de Promulgación 3 de Octubre de 2002
Artículo 1°

Se reconoce por parte del gobierno nacional una indemnización económica a favor de los ex agentes de Y.P.F. Sociedad del Estado que se desempeñaba en relación de dependencia con Y.P.F. S.A. al 1° de enero de 1991, y que hubiese comenzado su relación laboral con anterioridad a dicha fecha., que no hayan podido acogerse al Programa de Propiedad Participada por causas ajenas a su voluntad o en razón de la demora en la instrumentación del mismo, o que, incorporados, hubiesen sido excluidos. La indemnización resultará de valuar las siguientes pautas:

  1. La cantidad de acciones que cada ex agente hubiera debido percibir según las pautas del artículo 27 de la Ley 23696 , sobre la base de los datos de ingreso y egreso -si correspondiere-, estado de cargas de familia y nivel salarial al egreso, categoría laboral y antigüedad en la empresa;

  2. La diferencia económica entre el valor de libros de tales acciones -el que hubieran debido saldar los ex agentes-, y el valor de mercado, descontadas las eventuales comisiones financieras por su venta.

Artículo 2°

Autorízase al Poder Ejecutivo a la emisión de Bonos para la Consolidación de la Deuda reconocida por la presente Ley, a favor de los ex agentes de Y.P.F. S.A., con los alcances y en la forma prevista por la Ley 23982 , y/o a reasignar las partidas presupuestarias o extrapresupuestarias que resulten del cumplimiento de la presente Ley.

Artículo 3

Decláranse inembargables a las indemnizaciones dispuestas por la presente Ley, en tanto no hayan sido transferidas por cualquier título. Todo acto jurídico en contrario será nulo.

LEY ADM-2500

(Antes Ley 25471)

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