LEY 9438 / 2021 LEY Nº 9.438 / 2021-11-23

Fecha de publicación26 Noviembre 2021
Fecha23 Noviembre 2021
Número de Gaceta30.111
SecciónSección Legislación y Normativa Provincial

Ley N° 9.438

La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de

LEY:

Artículo 1°.- Autorícese al Poder Ejecutivo a ceder en comodato, por el término de veinte (20) años, prorrogables por igual período, a la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina, filial Tucumán, Personería Gremial 17, una fracción del inmueble ubicado en el departamento Capital, identificado con la siguiente Nomenclatura Catastral: Padrón N° 328.904; Circunscripción: I; Sección: 5C; Manzana: 1; Parcela: 34 A 3; Matrícula: 6700; Orden: 19760, e inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral N° N-47606, identificado con las siguientes medidas aproximadas y linderos:

Norte: 164 m, con calle Bolivia;
Sur: 164 m, con remanente Padrón N° 328.904;
Este: 69 m, con calle Sargento Cabral;
Oeste: 69 m, con remanente Padrón N° 328.904.

Art. 2°.- El inmueble descripto en el artículo precedente, será destinado a la construcción de un Complejo Deportivo y Cultural, y deberá ofrecer el uso de este espacio para las Entidades de Bien Público y Educativas de la zona.

Art. 3°.- La Comodataria no podrá transferir o ceder en forma total o parcial, a título oneroso o gratuito, como tampoco podrá desafectar la fracción cedida, de los fines que motivan la presente cesión, ni darle otro uso que el previsto en la presente.

Art 4°.- La...

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