LEY 9379 / 2021 LEY de 15 de Enero de 2021
Fecha de Entrada en Vigor | 22 de Enero de 2021 |
Fecha de la disposición | 15 de Enero de 2021 |
Número de Boletín | 29903 |
Fecha de Publicación | 21 de Enero de 2021 |
Número de documento | 80186 |
Ley Nº 9.379
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de
LEY:
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Considerar y reconocer al Guardavidas habilitado como personal esencial, capacitado para la protección y resguardo de la vida humana en el ambiente acuático.
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Disponer las funciones específicas como así también determinar las responsabilidades en el desempeño de su labor.
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Establecer las responsabilidades de los organismos públicos y de los titulares de las instalaciones privadas de la Provincia, relativas a los guardavidas en el ambiente acuático.
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Establecer las obligaciones que tienen los responsables de ambientes acuáticos, en relación a las instalaciones existentes y el suministro de equipamiento, con el fin de permitir la atenuación de riesgo para los trabajadores guardavidas garantizando la mayor efectividad en la tarea de prevención y rescate en casos de emergencia.
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Determinar la política general en materia de servicio de vigilancia de guardavidas en playas fluviales, lagos, lagunas, naturales o artificiales, ríos, arroyos, canales, natatorios, piletas, muelles y/o espigones utilizados para prácticas deportivas y/o recreativas y/o en todo lugar en donde se practique o desarrolle actividades acuáticas, sean de carácter público o privado, con o sin fines de lucro, pertenecientes tanto a organismos estatales o municipales, como privados, en todo el territorio de la Provincia de Tucumán.
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La creación del Registro Provincial Público de Guardavidas, en el cual deberán inscribirse todos los guardavidas que ejerzan la actividad en cualquier ambiente acuático del territorio Provincial.
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Ambiente acuático: Es todo espacio o construcción que contenga agua en forma natural o artificial, pública, semi-pública o privada, que esté habilitado como balneario o natatorio para recreación, deporte o rehabilitación de las personas, con exclusión de las que se encuentren ubicadas en las residencias particulares de uso familiar exclusivo; ya sea provincial o municipal.
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Area de responsabilidad: Es el espacio correspondiente al agua, los alrededores y las estructuras contenidas dentro de las instalaciones donde los guardavidas realizan sus labores.
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Primeros auxilios de emergencia: Es la respuesta eficaz, inmediata y oportuna que se le brinda a la persona que se encuentra en situación de riesgo que amenaza su vida. Incluye respiración de salvataje, reanimación cardio-pulmonar, uso de Desfibrilador Externo Automático (DEA) y atención básica de lesiones, heridas y traumas.
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Rescate en ambiente acuático: Destreza por la cual el guardavidas asiste físicamente a una persona en situación de riesgo dentro del agua.
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Poseer la libreta de Guardavidas y Matrícula habilitante, debidamente expedida por la Jefatura de Policía de Tucumán, dependiente del Ministerio de Seguridad y por la Dirección de Prevención y Seguridad Acuática respectivamente y hallarse inscripto en el Registro Provincial de Guardavidas, el cual funcionará en dicha dependencia.
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Ser mayor de edad.
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Tener estudios secundarios completos.
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Tener aprobadas las pruebas de suficiencia intelectuales y físicas, que serán exigidas anualmente por la Autoridad de Aplicación, de acuerdo a las disposiciones vigentes. Esta prueba deberá constar en la libreta de Guardavidas del postulante.
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No registrar procesamiento firme y/o condena penal firme.
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Homologaciones: Se considerarán válidos a los fines de la incorporación en el Registro Provincial de Guardavidas los títulos y libretas que hubieran sido expedidos con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente Ley, que hubiesen sido expedidos por autoridades públicas Nacionales o Provinciales y/o Escuelas de Formación Profesional de Guardavidas , del ámbito privado, competentes en la materia.
Obligaciones y Derechos del Trabajador Guardavida
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Ampliar sus condiciones profesionales manteniéndolas actualizadas y perfeccionar su preparación técnica mediante cursos organizados por la Autoridad de Aplicación.
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Desempeñar su actividad en un ámbito propicio y estar provisto de los elementos necesarios para el correcto ejercicio de la misma.
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Acceder a escalafón y categorización, como también al derecho de participar en concursos para asumir cargos relacionados a la actividad.
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El derecho a que se respete la igualdad de género en la contratación y prestación del servicio profesional.
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Prevenir accidentes que pongan en riesgo la integridad física de las...
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