LEY 9289 / 2020 LEY de 21 de Agosto de 2020

Fecha de Entrada en Vigor27 de Agosto de 2020
Fecha de la disposición21 de Agosto de 2020
Número de Boletín29803
Fecha de Publicación26 de Agosto de 2020
Número de documento78390

Ley N° 9.289

La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de

LEY:

Artículo 1° Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación un inmueble, ubicado en la localidad de San Pedro de Colalao, departamento Trancas, identificado con la siguiente Nomenclatura Catastral: Padrón N° 99.530; Circunscripción: I; Sección: B; Manzana: 6, Parcela: 8 A; Matrícula: 28459; Orden: 155, e inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral N°: X-131.

Art.2°.- El inmueble descripto precedentemente, será transferido a título gratuito a la comuna de San Pedro de Colalao, siendo destinado a constituirse como una Terminal de Omnibus.

Art. 3° Prescíndase del procedimiento administrativo motivado en la urgencia prevista en los términos del Art. 14 de la Ley N° 5006.
Art. 4° Autorícese al Poder Ejecutivo a realizar las compensaciones presupuestarias para el cumplimiento de la presente Ley.
Art. 5° Comuníquese.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Tucumán, a los seis días del...

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