LEY 9222 / 2020 LEY Nº 9.222 de 6 de Febrero de 2020

Fecha de Entrada en Vigor29 de Febrero de 2020
Fecha de la disposición 6 de Febrero de 2020
Número de Boletín29688
Fecha de Publicación28 de Febrero de 2020
Número de documento76730

Ley N° 9.222

La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de

LEY:

Artículo 1° Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación un inmueble ubicado en la ciudad de Monteros, departamento Monteros, identificado con la siguiente Nomenclatura Catastral: Padrón N° 41.249, Circunscripción: I, Sección: A, Manzana: 59, Parcela: 33, Matrícula: 898, Orden: 46 e inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral N° M-03107.
Art. 2° El inmueble descripto en el artículo precedente, será destinado para el funcionamiento de unidades y oficinas del Ministerio Público Fiscal -Centro Judicial Monteros.
Art. 3° El gasto que demande la implementación de la presente Ley, será imputado a las partidas específicas del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del Poder Judicial, y facúltase al Poder Ejecutivo a realizar las compensaciones y adecuaciones que estimen pertinentes.
Art. 4° Comuníquese.

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