LEY 9197 / 2019 LEY 9197 de 3 de Diciembre de 2019

Fecha de Entrada en Vigor11 de Diciembre de 2019
Fecha de la disposición 3 de Diciembre de 2019
Número de Boletín29635
Fecha de Publicación11 de Diciembre de 2019
Número de documento75748

Ley N° 9.197

La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de

LEY:

Artículo 1° El Poder Ejecutivo, para la instrumentación de los cometidos específicos relacionados con los trabajos de mantenimiento y reparación de las aeronaves que integran la flota de la Provincia, queda facultado a contratar en forma directa, a través de la Dirección Provincial de Aeronáutica, los bienes, servicios y/o trabajos necesarios para tal fin.
Art. 2° Encuádrase en las excepciones previstas en el Artículo 59, incisos 2 y 4 de la Ley N° 6970 (Ley de Administración Financiera), sus modificatorias y decretos reglamentarios, a las contrataciones previstas en el Artículo 1°.
Art. 3° Para las contrataciones que se realicen en el marco de la presente Ley, no será exigible la presentación de Certificado de Cumplimiento Fiscal.
Art. 4° Comuníquese.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Tucumán, a los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR