LEY 9091 / 2018 LEY de 5 de Abril de 2018

Fecha de Entrada en Vigor12 de Abril de 2018
Fecha de la disposición 5 de Abril de 2018
Número de Boletín29225
Fecha de Publicación11 de Abril de 2018
Número de documento65425

Ley N° 9.091

La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de

LEY:

Artículo 1° En todos los locales, estadios, establecimientos o predios donde se realicen espectáculos públicos, ocasionales o permanentes de cualquier índole, será obligatorio que antes del inicio del evento se propague por altavoz o por medios audiovisuales, la forma de evacuación del lugar ante una emergencia, siniestro o similar.
Art. 2° En la programación de lo establecido en el artículo anterior se indicará, mínimamente, la ubicación de las salidas para cada uno de los sectores del local, la forma de llegar a las mismas de la manera más rápida y ordenada posible, el modo de abrir las puertas de emergencia, la ubicación de matafuegos y toda otra norma de seguridad que estime conveniente

Un folleto indicativo puede complementar, pero no reemplazar la propagación por altavoz o reproducción audiovisual de la forma de evacuación dispuesta por la presente.

Art. 3° La Autoridad de Aplicación será la Dirección Provincial de...

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