LEY 9085 / 2018 LEY Nº 9.085 de 3 de Abril de 2018

Fecha de Entrada en Vigor 7 de Abril de 2018
Fecha de la disposición 3 de Abril de 2018
Número de Boletín29222
Fecha de Publicación 6 de Abril de 2018
Número de documento65306

Ley N° 9.085

La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de

LEY:

Artículo 1°

Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar la Obra "Centro de Prevención Local de Adicciones" (CEPLA - Tucumán) en una fracción del inmueble identificado en mayor extensión con la siguiente Nomenclatura Catastral: Padrón N° 225.292; Circunscripción: 1; Sección: 15 B; Lámina: 32; Parcela: 29 F; Matrícula: 11.284; Orden: 2858, e inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral N° N-30.888 ubicado en la ciudad de San Miguel de Tucumán.

Art. 2° La obra mencionada en el artículo precedente será destinada al funcionamiento de un Centro de Prevención de Adicciones que, dentro del Ambito de la Secretaría de Adicciones, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, tendrá como función la realización de tareas de prevención, capacitación y atención ambulatoria de pacientes con problemas de adicciones.
Art. 3° Las contrataciones para las adquisiciones de los bienes y servicios necesarios para la ejecución de la obra que se autoriza por la presente se harán en forma directa previo cotejo de precios.
Art 4° El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley se hará utilizando el crédito presupuestario previsto en el SAF 50 - Obligaciones a Cargo del Tesoro- Programa 93 - Erogaciones Varias del presupuesto...

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