LEY 8884 / 2016 LEY Nº 8884 de 3 de Junio de 2016

Fecha de Entrada en Vigor21 de Junio de 2016
Fecha de la disposición 3 de Junio de 2016
Número de Boletín28775
Fecha de Publicación13 de Junio de 2016
Número de documento54101

Ley N° 8.884

La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de

LEY:

Artículo 1° Modifícase la Ley N° 8367, en la forma que a continuación se indica:

- Sustituir el Artículo 1°, por el siguiente:

Artículo 1°.- La Dirección de Personas Jurídicas tiene a su cargo las funciones atribuidas por la legislación pertinente al Registro Público; la fiscalización de las sociedades por acciones, excepto la de las sometidas a la Comisión Nacional de Valores; la fiscalización permanente de las sociedades anónimas unipersonales, de las sociedades constituidas en el extranjero que hagan ejercicio habitual, en la jurisdicción local, de los actos comprendidos en su objeto social, establezcan sucursales, asiento o cualquier otra especie de representación permanente; de las sociedades que realizan operaciones de capitalización y ahorro; de las demás sociedades regidas por la Ley Nacional N° 19.550 (Ley General de Sociedades); del Registro de Empresarios y Agentes Auxiliares; de las asociaciones civiles y de las fundaciones.

- Sustituir el Art. 2°, por el siguiente:

Art. 2°.- Corresponde a la Dirección de Personas Jurídicas las funciones registrales y de fiscalización, conforme las siguientes atribuciones:

1.- Organiza y lleva el Registro Público de la Provincia de Tucumán;

2.- Inscribe en la matrícula a los empresarios y agentes auxiliares e inscripción de los actos y documentos que correspondan a la materia según la legislación de fondo. Los efectos de la inscripción quedarán limitados a garantizar la efectiva publicidad;

3.- Inscribe los actos constitutivos de sociedades y sus modificaciones, la disolución y liquidación de éstas y demás actos y documentos cuya inscripción se impone a dichas sociedades. Inscribe las modificaciones de los estatutos, disolución y la liquidación de sociedades sometidas a la fiscalización de la Comisión Nacional de Valores;

4.- Lleva el Registro Provincial de las Sociedades por Acciones;

5.- Lleva el Registro Provincial de las Sociedades Anónimas Unipersonales;

6.- Lleva el Registro Provincial de las Sociedades Extranjeras;

7.- Interviene en la constitución, inscripción, registración, funcionamiento, disolución, liquidación, y contralor permanente, en jurisdicción provincial, de las asociaciones civiles y fundaciones que se constituyan en la Provincia, o que constituidas en otra jurisdicción, ejercieren su principal actividad en ésta o establecieran en ellas filiales, asientos o cualquier especie de repartición permanente, a fin de asegurar el cumplimiento de la legislación de fondo, resguardar el interés público en el marco de su competencia;

8.- Lleva los registros provinciales de las asociaciones civiles y de las fundaciones; y,

9.- Controla las operaciones consistentes en requerir, bajo cualquier forma o figura jurídica, dinero o valores al público, con promesa de adjudicaciones o entrega de bienes, prestaciones de servicios o beneficios futuros y que no se encuentren comprendidas dentro de las operaciones...

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