LEY 8878 / 2016 LEY Nº 8.878 de 3 de Junio de 2016

Fecha de Entrada en Vigor 9 de Junio de 2016
Fecha de la disposición 3 de Junio de 2016
Número de Boletín28770
Fecha de Publicación 6 de Junio de 2016
Número de documento53997

Ley N° 8.878

La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de

LEY:

Artículo 1°

La Bandera Original de Macha, junto a los restos de la Generala Juana Azurduy de Padilla y del Coronel Manuel Ascencio Padilla , serán trasladados desde el Museo Casa de la Libertad, Estado Plurinacional de Bolivia, el día 27 de Junio de 2016 hacia la Provincia de Tucumán, República Argentina, regresando a su lugar de origen el día 11 de Julio de 2016, luego de participar en la conmemoración del Bicentenario de la Declaración de la Independencia de las Provincias Unidas de Sudamérica.

Art. 2° Invítese, oficialmente a la Delegación del Estado Plurinacional de Bolivia, encabezada por el Director - Custodio de la Casa de la Libertad, Lic

Mario Linares Urioste, quienes acompañarán y custodiarán a la Bandera original de Macha y a los restos de la Generala Juana Azurduy de Padilla y del Coronel Manuel Ascencio Padilla, a la Provincia de Tucumán, para participar de los actos conmemorativos por los 200 años de la Declaración de la Independencia Sudamericana, por el tiempo que la misma se encuentre en suelo tucumano.

Art. 3° La Honorable Legislatura de Tucumán, conforme a lo establecido por la Ley N° 8866 coordinará las formas protocolares y de estilo que corresponda al trato de este histórico paño y de la Generala Juana Azurduy de Padilla y del Coronel Manuel Ascencio Padilla, en sus rangos y honores militares.
Art. 4° Para el efectivo cumplimiento de lo establecido en el artículo...

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