LEY 8833 / 2015 LEY Nº 8833 de 23 de Noviembre de 2015

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Octubre de 2017
Fecha de la disposición23 de Noviembre de 2015
Número de Boletín28646
Fecha de Publicación 2 de Diciembre de 2015
Número de documento50703

Ley N° 8.833

La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de

LEY:

Artículo 1° Facúltase a la Corte Suprema de Justicia de Tucumán a impulsar un proceso de implementación parcial y progresivo de la Justicia de Paz Letrada en el ámbito de la Provincia de Tucumán, cuya creación fue dispuesta por la Ley N° 7365.
Art. 2° Facúltase a la Corte Suprema de Justicia de Tucumán a dictar las reglamentaciones que resulten pertinentes y adoptar las medidas necesarias para lograr el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ley.
Art. 3° Autorízase a la Corte Suprema de Justicia de Tucumán adecuar mediante acordada los actuales cargos de Jueces de Paz, transformándolos en Jueces de Paz Letrados, en los supuestos en que los jueces...

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