LEY 8830 / 2015 LEY 8830 de 28 de Octubre de 2015

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Octubre de 2017
Fecha de la disposición28 de Octubre de 2015
Número de Boletín28628
Fecha de Publicación 5 de Noviembre de 2015
Número de documento49969

Ley N° 8.830

La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de

LEY:

Artículo 1°

Autorízase al Poder Ejecutivo a transferir en donación, una fracción del inmueble, con una superficie aproximada de 1 ha, de propiedad del Superior Gobierno de la Provincia, ubicado en el departamento Capital, identificado en mayor extensión con la siguiente Nomenclatura Catastral: Padrón N° 226510, Circunscripción: I, Sección: 5C, Manzana: 1, Parcela: 34 A, Matrícula: 6700, Orden: 9277, e inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral N-49427.

La superficie definitiva, quedará determinada en la confección del respectivo plano de mensura.

Art. 2° La fracción del inmueble descripto en el artículo precedente, será destinado a la construcción y funcionamiento de un complejo deportivo para la Federación Tucumana de Voleibol.
Art. 3° Las obras deberán iniciarse en el plazo de un (1) año a partir de la efectiva posesión del inmueble y concluirse en el término de cinco (5) años.

La donataria queda obligada a facilitar sus instalaciones a establecimientos educacionales de la Provincia, dentro del marco en que se desarrollan sus actividades.

Art. 4° El cambio de destino del inmueble, la transferencia a título gratuito u oneroso, total o parcial, o la desafectación de los fines a los que se encuentra destinado, dará lugar a la revocación de la transferencia, reintegrándose el inmueble al patrimonio provincial, con las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR