LEY 8791 / 2015 LEY Nº 8.791 de 15 de Junio de 2015
Fecha de Entrada en Vigor | 1 de Octubre de 2017 |
Fecha de la disposición | 15 de Junio de 2015 |
Número de Boletín | 28533 |
Fecha de Publicación | 19 de Junio de 2015 |
Número de documento | 45933 |
Ley N° 8.791
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de
LEY:
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Fijar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del Municipio, las inversiones en materia de promoción e infraestructuras turísticas.
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Servicios mínimos que debe prestar el municipio respecto de los vecinos y de la población turística.
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Establecer un plan turístico municipal.
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Establecer oficinas de turismo.
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Mejorar el acceso a zonas de interés turístico de personas con capacidades especiales.
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La Protección de los valores medioambientales.
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La Protección y recuperación del entorno natural y del paisaje.
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Firmar convenios con comercios y hoteles, para establecer una política de precios y promociones con el objeto de mantener el flujo turístico durante todo el año.
La presente enunciación es meramente enunciativa y no taxativa, pudiendo el Poder Ejecutivo por vía reglamentaria dictar otra u otras condiciones que estime pertinentes.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Tucumán, a los veintiún días del mes de mayo del año dos mil quince.
Regino Nestor Amado, Presidente Subrogante a/c de la Presidencia H. Legislatura de Tucumán. Juan Antonio Ruiz...
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