LEY 8786 / 2015 LEY de 26 de Mayo de 2015

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Octubre de 2017
Fecha de la disposición26 de Mayo de 2015
Número de Boletín28520
Fecha de Publicación 2 de Junio de 2015
Número de documento45462

Ley N° 8.786

La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de

LEY:

Artículo 1° Autorízase al Poder Ejecutivo a donar a favor del Arzobispado de Tucumán, un terreno de propiedad del Superior Gobierno de la Provincia, ubicado en la intersección de las calles Colombia y Perú de la Ciudad de Yerba Buena, inscripto en el Registro Inmobiliario en el Libro 14, Folio 117, Serie C, Año 1967 y Padrón Catastral N° 382.338.
Art. 2° El inmueble donado será destinado a la construcción de un salón multiuso para el desarrollo de actividades propias de la Parroquia Nuestra Señora de la Caridad.
Art. 3° El cambio de destino del inmueble, la transferencia a título gratuito u oneroso, total o parcial, o la desafectación de los fines a los que se encuentra destinado, dará lugar a la revocación de la donación, reintegrándose el inmueble al patrimonio Provincial, con las mejoras que se hubieren introducido, sin derecho a indemnización alguna.
Art. 4° Comuníquese.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Tucumán, a los veintiún dias del mes de mayo del año dos mil quince. Regino...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR