LEY 8722 / 2014 LEY Nº 8.722 de 20 de Octubre de 2014

Fecha de Entrada en Vigor15 de Octubre de 2019
Fecha de la disposición20 de Octubre de 2014
Número de Boletín28377
Fecha de Publicación11 de Octubre de 2019
Número de documento42055

Ley N° 8.722

La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de

LEY:

Artículo 1° Incorpórase al Anexo I de la Ley N° 8685 al siguiente beneficiario: EXPTE N° - TITULAR - CUIT/CUIL/DNI - IMPORTES: 1386/110/R/2014 - NEME MADHAT - 20-18741741-5 - $180.000,00.-

Art. 2°.- Comuníquese.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Tucumán, a los diecisiete días del mes de octubre del año dos mil catorce. Manuel Fernández, Vicepresidente 2º a/c de la Presidencia H. Legislatura de Tucumán. Juan Antonio Ruiz Olivares, Secretario H. Legislatura de Tucumán.

REGISTRADA BAJO EL N° 8.722.-

San Miguel de Tucumán, Octubre 20 de 2014.-

Promúlguese como Ley de la...

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