LEY 8508 / 2012 LEY 8508 de 6 de Julio de 2012

Fecha de la disposición 6 de Julio de 2012
Número de Boletín27817
Fecha de Publicación13 de Julio de 2012
Número de documento28887

Ley N° 8.508

La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de

LEY:

Artículo 1°

Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la localidad de San Felipe, departamento Capital, identificado en el plano de mensura N° 61.262/11 como remanente de la Parcela 73G-Padrón 334.518 C:I Sección 27, Mza. 3, Parcela 73G (1) Matrícula/Orden 2817/368 e inscripto en mayor extensión en el Registro Inmobiliario en la Matrícula S-3408 con una superficie aproximada de 8.699,9304 m2.

Art. 2° El inmueble descripto precedentemente será destinado a las obras de ampliación de la estación de transferencia de residuos sólidos urbanos conforme los términos de las Leyes N° 7730 y N° 8177.
Art. 3° Prescíndase del procedimiento administrativo de avenimiento por razones de urgencia, conforme lo dispone el Artículo 14 de la Ley N° 5006.
Art. 4° Comuníquese.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Tucumán, a los veintisiete días del mes de junio del año dos mil doce. Armando Roque Cortalezzi, Vicepresidente 1° a/c de la Presidencia H. Legislatura de Tucumán. Juan Antonio Ruiz Olivares, Secretario H. Legislatura de Tucumán.

REGISTRADA BAJO EL N° 8.508.-

San Miguel de Tucumán, Julio 6 de 2012.-

Promúlguese como Ley de la Provincia, conforme a lo establecido por el Artículo 71 de la...

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