Ley Nº 4597/13

FirmantesRitondo - Pérez
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición27 de Junio de 2013

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1° Condiciones de Prestación

Las empresas de servicios de comunicación.

audiovisual por suscripción a título oneroso, que presten servicios en el ámbito de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, están obligadas a suscribir sus contratos en forma

individual con cada uno de los propietarios de las unidades funcionales, locatarios, o

que ocupen la misma por cualquier título, cuando se trate de consorcios o inmuebles

bajo el sistema de propiedad horizontal.

Art. 2° Comprobantes de pago

Los comprobantes que entreguen los prestadores de.

servicios de comunicación audiovisual por suscripción a título oneroso, deberán

emitirse a nombre del efectivo prestatario del servicio, y deberá contener

obligatoriamente:

  1. Precio del servicio.

  2. Precio de la instalación.

  3. Detalle de las promociones, descuentos o beneficios otorgados.

  4. Cantidad de bocas adicionales, de corresponder.

  5. Detalle de la totalidad de los cargos por los servicios adicionales que se presten y de

todo otro concepto vinculado con la operación facturada.

Art. 3° Plazo de adaptación

Las empresas de servicios de comunicación audiovisual.

por suscripción a título oneroso, que mantengan vigentes sus contratos con consorcios

para la prestación del servicio, obligando a todos los titulares o locatarios de las

unidades funcionales a acogerse a las condiciones acordadas por el consorcio, sin

posibilidad de elección sobre el servicio que se brinda, contarán con un plazo de ciento

ochenta (180) días desde la publicación, para adaptarse a las condiciones de la

presente Ley.

Art. 4° Vencimiento de Contratos

Los contratos pactados que fueran venciendo.

antes del plazo de ciento ochenta (180) días desde la fecha de publicación de la

presente, deberán renovarse con la misma empresa, en el caso que así lo desee el

propietario, inquilino o que ocupen la misma por cualquier título, de la unidad funcional

que corresponda, conforme a las condiciones establecidas en la presente.

Art. 5° Liberación de Responsabilidad

En los...

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