Ley Nº 8.309

EmisorMinisterio de Gobierno Justicia y Derechos Humanos
Fecha de la disposición 7 de Junio de 2011

LEY Nº 8.309

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza, sancionan con fuerza de

L E Y:

Artículo 1º

Ratifícase el Decreto N° 3.025 de fecha 3 de diciembre de 2.010, por el cual se homologa el Acta Paritaria de fecha 21 de septiembre de 2.010, suscripta por A.T.E., representado por la Sra. Raquel Blas y el Sr. Sergio Murillo en carácter de Delegado de la Dirección de Informática y Comunicaciones; por U.P.C.N., representado por la Sra. Alejandra Nievas y por el Ministerio de Hacienda, representado por la Dra. Susana Victoria Sanchez, mediante la cual se arriba a un acuerdo en lo referente al Adicional Especial por incentivo (087) (SDC) en pos de jerarquizar la Dirección de Informática y Comunicaciones (DIC), que en fotocopia certificada y como Anexo forma parte de la presente Ley.

Artículo 2º

Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a siete días del mes de junio del año dos mil once.

Miriam Gallardo

Presidenta Provisional

a/c. de la Presidencia

H. Cámara de Senadores

Mariano Godoy Lemos

Secretario Legislativo

H. Cámara de Senadores

Jorge Tanus

Presidente

H. Cámara de Diputados

Jorge Manzitti

Secretario Legislativo

H. Cámara de Diputados

ANEXO

DECRETO N° 3.025

Mendoza, 3 de diciembre de 2010

Visto el Expediente N° 10799-S-10-00951; y

CONSIDERANDO:

Que en las presentes actuaciones, se solicita la Homologación del Acta Paritaria, celebrada el día 21 de septiembre de 2010, en el marco de la Comisión Negociadora del Sector Administración Central, suscripta por representantes de ATE, por representantes de UPCN y del Ministerio de Hacienda por Gobierno de la Provincia, mediante la cual se arriba a un acuerdo en lo referente al Adicional Especial por incentivo (087) (SDC) en pos de jerarquizar la Dirección de Informática y Comunicaciones (DIC).

Que la DIC es un área tecnológica de última generación que obliga a una permanente actualización del personal.

Que lo acordado no viola disposiciones de orden público, garantías constitucionales, ni de orden público laboral.

Por ello, y de conformidad con lo dictaminado por el Departamento Jurídico del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humano fs. 04 y Jefatura de Gabinete del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos a fs. 05,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Homológuese el Acta Paritaria celebrada el, día 21 de...

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