Ley 27652
Emisor | ESTRATEGIA INTEGRAL PARA FORTALECER LAS TRAYECTORIAS EDUCATIVAS AFECTADAS POR LA PANDEMIA POR COVID-19 |
Sección | Legislación y Avisos Oficiales, Leyes |
Fecha de publicación | 15 Noviembre 2021 |
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ESTRATEGIA INTEGRAL PARA FORTALECER LAS TRAYECTORIAS EDUCATIVAS AFECTADAS POR LA PANDEMIA POR COVID-19
Capítulo I
La estrategia
Artículo 1º – Objeto. La presente ley establece una estrategia integral para garantizar el derecho a la educación ante situaciones que modifican y afectan la continuidad de las trayectorias escolares de las niñas, niños, adolescentes, jóvenes y adultos del Sistema Educativo Nacional. En cumplimiento del derecho a la educación obligatoria según lo establecido en la ley 26.206, tiene por finalidad garantizar:
a) La atención integral de las problemáticas educativas relacionadas con factores sanitarios, sociales, culturales, económicos, geográficos y pedagógicos profundizadas por la pandemia del COVID-19;
b) El derecho al desarrollo personal y social de las niñas, niños, adolescentes, jóvenes y adultos, que promueva la continuidad de su trayectoria escolar y garantice la terminalidad de los estudios de los niveles obligatorios en todas sus modalidades.
Art. 2º – Principios generales. La presente ley se enmarca en lo estipulado en la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, artículo 29, inciso 1); en la ley 26.061, de Protección Integral de los Derechos de las/os Niñas/os y Adolescentes, y su decreto reglamentario 415/2006; y en la ley 26.206, de Educación Nacional, y sus modificatorias y reglamentaciones.
Art. 3º – Autoridad de aplicación. El Ministerio de Educación de la Nación será la autoridad de aplicación de la presente ley y articulará las acciones necesarias con los ministerios de Desarrollo Social, de Salud y de Cultura para su cumplimiento.
Capítulo II
Programas para fortalecer las trayectorias educativas
Art. 4º – Objetivos y destinatarios. El Ministerio de Educación de la Nación, en conjunto con las jurisdicciones educativas en el ámbito del Consejo Federal de Educación y en coordinación con otros organismos con competencia relacionada al objeto de la presente ley, promoverá, a través de los Programas vigentes y de los que se creen al efecto, acciones de educación inclusiva que garanticen el acompañamiento y fortalecimiento a las trayectorias escolares para que sean continuas y completas para todas las alumnas, alumnos y estudiantes de la educación obligatoria de todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo Nacional de gestión estatal, privada, cooperativa y social, en igualdad de condiciones en todo el territorio del país, con los...
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