Ley 27516

Fecha de publicación28 Agosto 2019
SecciónLegislación y Avisos Oficiales, Leyes
EmisorMONUMENTO HISTÓRICO NACIONAL


El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

Artículo 1°- Declárese Monumento Histórico Nacional, en los términos de la ley 12.665, al primer Monumento a la Bandera en pie sito en la Plaza Manuel Belgrano, ubicada entre las calles E. de Burzaco y 25 de Mayo de la localidad de Burzaco, partido de Almirante Brown, provincia de Buenos Aires.

Art. 2°- La Comisión Nacional de Museos, Bienes y Lugares Históricos instrumentará todo lo atinente para el cumplimiento de la presente ley.

Art. 3°- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.

REGISTRADA BAJO EL Nº 27516

EMILIO MONZO - FEDERICO PINEDO - Eugenio Inchausti - Juan P. Tunessi

Ciudad de Buenos Aires, 27/08/2019

En virtud de lo prescripto en el artículo 80 de la Constitución Nacional...

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