Ley 27327. Emprendimiento Cultural Trombonanza.

Fecha de disposición15 Diciembre 2016
Fecha de publicación15 Diciembre 2016
SecciónLegislación y Avisos Oficiales, Leyes

Ley 27327

Emprendimiento Cultural Trombonanza.

El Senado y Cámara de Diputados

de la Nación Argentina

reunidos en Congreso, etc.

sancionan con fuerza de

Ley:

ARTÍCULO 1°

Declárase de interés nacional el emprendimiento cultural Trombonanza, que se lleva a cabo en forma ininterrumpida desde el año 2000 en la ciudad capital de la provincia de Santa Fe.

ARTÍCULO 2°

Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.

-- REGISTRADA BAJO EL N° 27327 --

EMILIO MONZÓ. -- FEDERICO PINEDO. -- Eugenio Inchausti. -- Juan P. Tunessi.

Buenos Aires, 14 de Diciembre de 2016

En virtud de lo prescripto en el artículo 80 de la Constitución Nacional, certifico que la Ley Nº 27.327 (IF-2016-04428061-APN-SST#SLYT) sancionada por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION el 16 de noviembre de 2016, ha quedado promulgada de hecho el día 13 de diciembre de 2016.

Dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial, gírese copia...

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