Ley 27199. Ley N° 25.413. Prórroga. Sancionada: Octubre 28 de 2015 Promulgada: Noviembre 03 de 2015
Fecha de disposición | 04 Noviembre 2015 |
Fecha de publicación | 04 Noviembre 2015 |
Sección | Legislación y Avisos Oficiales, Leyes |
Ley 27199
Ley N° 25.413. Prórroga.
Sancionada: Octubre 28 de 2015
Promulgada: Noviembre 03 de 2015
El Senado y Cámara de Diputados
de la Nación Argentina
reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de
Ley:
Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2017, inclusive, la vigencia de los artículos 1°, 2°, 3°, 4°, 5° y 6° de la ley 25.413 y sus modificaciones.
Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2017, inclusive, la vigencia y distribución del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, establecido en el anexo a la ley 24.977 y sus modificaciones.
Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2025, inclusive, la vigencia y distribución del gravamen de emergencia a los premios de determinados juegos de sorteo y concursos deportivos creado por la ley 20.630 y sus modificaciones.
Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2017, inclusive, la vigencia del impuesto adicional de emergencia sobre el precio final de venta de cigarrillos, establecido por la ley 24.625 y sus modificaciones, y la distribución del producido del mencionado tributo prevista en el artículo 11 de la ley 25.239 y sus modificaciones.
Prorróganse hasta el 31 de diciembre de 2017 los plazos establecidos en el artículo 17 de la ley 25.239. Invítase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a esta prórroga.
Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y surtirán efectos:
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Para el impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias: para los hechos imponibles que se perfeccionen a partir del 1° de enero de 2016, inclusive;
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Para el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes: a partir del 1° de enero de 2016, inclusive;
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Para el gravamen de emergencia a los premios de determinados juegos de sorteo y concursos deportivos: para los hechos imponibles que se perfeccionen a partir del 1° de enero de 2016, inclusive;
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Para el impuesto adicional de emergencia sobre el precio final de venta de cigarrillos: para los hechos imponibles que se perfeccionen a partir del 1° de enero de 2016, inclusive;
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Para la prórroga del pacto fiscal federal establecido en el artículo 17...
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