Ley 27.112

Fecha de la disposición 4 de Febrero de 2015

El Senado y Cámara de Diputados

de la Nación Argentina

reunidos en Congreso, etc.

sancionan con fuerza de

Ley:

ARTÍCULO 1°

— Declárase lugar histórico nacional, en los términos de la ley 12.665, al espacio delimitado por las coordenadas geográficas 32° 09’ 70° 19’, ubicado dentro del llamado Paso de Los Patos, jurisdicción del departamento de Calingasta, en la provincia de San Juan, por haber sido el paso por el que la columna principal del Ejército de los Andes entró a Chile, al mando del general don José de San Martín.

ARTÍCULO 2°

— La Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos, dependiente del Ministerio de Cultura de la Nación, instrumentará todo lo atinente para el cumplimiento de la presente ley.

ARTÍCULO 3°

— Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.

— REGISTRADA BAJO EL Nº 27.112 —

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