Ley 26486

Fecha de publicación13 Abril 2009
Fecha de disposición13 Abril 2009
SecciónLegislación y Avisos Oficiales, Leyes
Número de Gaceta31631

Boletin oficial de la RepUblica aRgentina los documentos que aparecen en el bOletin OFicial de la RepUblica aRgentina serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional (decreto nº 659/1947) Precio $ 0,90

PRESIDENCIA DE LA NACION SecretarIa LegaL y tecnIca Dr. Carlos alberto Zannini Secretario DIreccIOn nacIOnaL DeL regIStrO OfIcIaL Dr. Jorge eDuarDo FeiJoÓ Director nacional www.boletinoficial.gov.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar registro nacional de la Propiedad Intelectual nº 723.199

DOmIcILIO LegaL Suipacha 767-c1008aaO ciudad autónoma de Buenos aires tel. y fax 43224055 y líneas rotativas Primera sección Legislación y avisos Oficiales Buenos aires, lunes 13 de abril de 2009 año CXVii número 31.631

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Leyes DisCriMinaCion Contra la MuJer 26.486

Decretos ViaJe oFiCial 239/2009

iMPuestos 252/2009

inCluye suPleMento aCtos De gobierno LEYES DISCRIMINACION CONTRA LA MUJER Ley 26.486

Apruébase la Enmienda al párrafo 1 del artículo 20 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.

Sancionada: Marzo 11 de 2009.

Promulgada de Hecho: Abril 1 de 2009.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.

sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º

Apruébase la Enmienda al párrafo 1 del artículo 20 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, adoptada en la VIII Reunión de los Estados Partes el 22 de mayo de 1995, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.

ARTICULO 2º

Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.

-- REGISTRADO BAJO EL Nº 26.486 -JULIO C. C. COBOS. -- EDUARDO A. FELLNER. -- Enrique Hidalgo. -- Juan H. Estrada.

Enmienda al párrafo 1 del artículo 20 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer adoptada a la octava reunión de los Estados partes el 22 de mayo 1995

  1. Deciden sustituir el párrafo 1 del artículo 20 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer por el siguiente texto:

    'El Comité se reunirá normalmente todos los años para...

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