Ley 26468

Fecha de disposición16 Enero 2009
Fecha de publicación16 Enero 2009
SecciónLegislación y Avisos Oficiales, Leyes
Número de Gaceta31574

Boletin oficial de la RepUblica aRgentina los documentos que aparecen en el bOletin OFicial de la RepUblica aRgentina serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional (decreto nº 659/1947) Precio $ 0,90

PRESIDENCIA DE LA NACION SecretarIa LegaL y tecnIca Dr. Carlos alberto Zannini Secretario DIreccIOn nacIOnaL DeL regIStrO OfIcIaL Dr. Jorge eDuarDo FeiJoÓ Director nacional www.boletinoficial.gov.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar registro nacional de la Propiedad Intelectual nº 723.199

DOmIcILIO LegaL Suipacha 767-c1008aaO Nº 31.574 2

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DEcrEtoS elaborará e implementará un plan plurianual de promoción de la formación de profesores en idioma portugués, para el período 2008-2016, incluyendo un esquema de formación continua en servicio, de aplicación progresiva, para la enseñanza del portugués.

El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, a través de los organismos competentes, invitará a las universidades a promover ofertas académicas de formación de profesorado de idioma portugués, que se integren al citado plan plurianual.

ARTICULO 6º

El Ministerio de Educación,

Ciencia y Tecnología, por intermedio de los organismos citados por los artículos 101 y 102 de la Ley Nº 26.206, promoverá el desarrollo de programas no convencionales de enseñanza del idioma portugués en el marco de la educación permanente. Las personas tendrán acceso al aprendizaje y a la acreditación en los términos del artículo 4º de la presente ley.

ARTICULO 7º

El Ministerio de Educación,

Ciencia y Tecnología deberá implementar un programa que propicie las condiciones organizativas y técnicas para la aplicación de la presente ley, en el marco de la Ley Nº 25.181, que contemple especialmente los siguientes aspectos:

  1. Homologar títulos;

  2. Organizar programas formativos complementarios;

  3. Adecuar la legislación para incorporar docentes de otros países del MERCOSUR;

  4. Ejecutar las acciones sistemáticas de intercambio de docentes entre la República Argentina y la República Federativa del Brasil;

  5. Concretar la realización de seminarios sobre políticas de enseñanza de los idiomas;

  6. Crear un grupo de trabajo de especialistas para formular propuestas orientadas hacia el desarrollo de una...

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