Ley 26268

Fecha de disposición05 Julio 2007
Fecha de publicación05 Julio 2007
SecciónLegislación y Avisos Oficiales, Leyes
Número de Gaceta31190

Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional (Decreto Nº 659/1947) Buenos Aires, jueves 5 de julio de 2007

Año CXV Número 31.190

Precio $ 0,70

PRESIDENCIA DE LA NACION SECRETARIA LEGAL Y TECNICA DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI Secretario DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL DR. JORGE EDUARDO FEIJOÓ Director Nacional www.boletinoficial.gov.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 538.103

DOMICILIO LEGAL Suipacha 767-C1008AAO DELAREPUBLICA ARGENTINA Sumario Pág.

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LEYES CODIGO PENAL 26.268

DECRETOS JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS 842/2007

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS 843/2007

EXPOSICIONES INTERNACIONALES 844/2007

JUSTICIA 848/2007

JUSTICIA 849/2007

MINISTERIO DE SALUD 850/2007

DECISIONES ADMINISTRATIVAS MINISTERIO DEL INTERIOR 252/2007

PRESUPUESTO 253/2007

MINISTERIO DE SALUD 254/2007

MINISTERIO DE SALUD 255/2007

Apruébase un contrato de locación de servicios celebrado bajo el régimen del Decreto Nº 1184/01.

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LEYES CODIGO PENAL Ley 26.268

Modificación. Asociaciones ilícitas terroristas y financiación del terrorismo. Modificación de la Ley Nº 25.246 de Encubrimiento y Lavado de Activos de origen delictivo.

Sancionada: Junio 13 de 2007

Promulgada de Hecho: Julio 4 de 2007

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.

sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º

Incorpórase como Capítulo VI, en el Título VIII del Libro Segundo del Código Penal, el siguiente:

Capítulo VI Asociaciones ilícitas terroristas y financiación del terrorismo ARTICULO 2º -- Incorpórase como artículo 213 ter, en el Capítulo VI del Título VIII del Libro Segundo del Código Penal, el siguiente: Artículos 3 a 10
Artículo 213 ter Se impondrá reclusión o prisión de CINCO (5) a VEINTE (20) años al que tomare parte de una asociación ilícita cuyo propósito sea, mediante la comisión de delitos, aterrorizar a la población u obligar a un gobierno o a una organización internacional a realizar un acto o abstenerse de hacerlo, siempre que ella reúna las siguientes características:
  1. Tener un plan de acción destinado a la propagación del odio étnico, religioso o político;

  2. Estar organizada en redes operativas internacionales;

  3. Disponer de armas de guerra, explosivos, agentes químicos o bacteriológicos o cualquier otro medio idóneo para poner en peligro la vida o la integridad de un número indeterminado de personas.

Para los fundadores o jefes de la asociación el mínimo de la pena será de DIEZ (10) años de reclusión o prisión.

ARTICULO 3º

Incorpórase como artículo 213 quáter, en el Capítulo VI del Título VIII del Libro Segundo del Código Penal, el siguiente:

Artículo 213 quáter

Será reprimido con reclusión o prisión de CINCO (5) a QUINCE (15) años, salvo que correspondiere una pena mayor por aplicación de las reglas de los artículos 45 y 48, el que recolectare o proveyere bienes o dinero, con conocimiento de que serán utilizados, en todo o en parte, para financiar a una asociación ilícita terrorista de las descriptas en el artículo 213 ter, o a un miembro de éstas para la comisión de cualquiera de los delitos que constituyen su objeto, independientemente de su acaecimiento.

ARTICULO 4º

Sustitúyese el artículo 6º de la Ley Nº 25.246, por el siguiente:

Artículo 6º La Unidad de Información Financiera será la encargada del análisis, el tratamiento y la transmisión de información a los efectos de prevenir e impedir:

1. El delito de lavado de activos (artículo 278, inciso 1º, del Código Penal), proveniente de la comisión de:

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MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA 256/2007

MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA 257/2007

MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA 258/2007

MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA 259/2007

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CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO 15

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  1. Delitos relacionados con el tráfico y comercialización ilícita de estupefacientes (Ley Nº 23.737);

  2. Delitos de contrabando de armas (Ley Nº 22.415);

  3. Delitos relacionados con las actividades de una asociación ilícita calificada en los términos del artículo 210 bis del Código Penal o de una asociación ilícita terrorista en los términos del artículo 213 ter del Código Penal;

  4. Delitos cometidos por asociaciones ilícitas (artículo 210 del Código Penal) organizadas para cometer delitos por fines políticos o raciales;

  5. Delitos de fraude contra la Administración Pública (artículo 174, inciso 5º, del Código Penal);

  6. Delitos contra la Administración Pública previstos en los Capítulos VI, VII, IX y IX bis del Título XI del Libro Segundo del Código Penal;

  7. Delitos de prostitución de menores y pornografía infantil, previstos en los artículos 125, 125 bis, 127 bis y 128 del Código Penal;

  8. Delitos de financiación del terrorismo (artículo 213 quáter del Código Penal).

2. El delito de financiación del terrorismo (artículo 213 quáter del Código Penal).

ARTICULO 5º

Sustitúyese el inciso 2 del artículo 13 de la Ley Nº 25.246, por el siguiente:

2. Disponer y dirigir el análisis de los actos, actividades y operaciones que según lo dispuesto en esta ley puedan configurar actividades de lavado de activos o de financiación del terrorismo según lo previsto en el artículo 6º de la presente ley y, en su caso, poner los elementos de convicción obtenidos a disposición del Ministerio Público, para el ejercicio de las acciones pertinentes.

ARTICULO 6º

Sustitúyese el inciso 5 del artículo 14 de la Ley Nº 25.246, por el siguiente:

5. Solicitar al Ministerio Público para que éste requiera al juez competente se resuelva la suspensión, por el plazo que éste determine, de la ejecución de cualquier operación o acto informado previamente conforme al inciso b) del artículo 21 o cualquier otro acto vinculado a éstos, antes de su realización, cuando se investiguen actividades sospechosas y existan indicios serios y graves de que se trata de lavado...

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