Ley 26.894

Fecha de la disposición21 de Octubre de 2013

El Senado y Cámara de Diputados

de la Nación Argentina

reunidos en Congreso, etc.

sancionan con fuerza de

Ley:

ARTICULO 1°

— Prorróganse los plazos establecidos en los artículos 1°, 2° y 3° de la ley 26.160, prorrogados por ley 26.554, hasta el 23 de noviembre de 2017.

ARTICULO 2°

— El Poder Ejecutivo nacional asignará las partidas necesarias para atender el Fondo Especial creado en el artículo 4° de la ley 26.160, que se prorroga por la presente.

ARTICULO 3°

— Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN...

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