Ley 26.835
Fecha de disposición | 22 Enero 2013 |
Fecha de publicación | 22 Enero 2013 |
Sección | Legislación y Avisos Oficiales, Leyes |
El Senado y Cámara de Diputados
de la Nación Argentina
reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de
Ley:
LEY DE PROMOCION
Y CAPACITACION EN LAS TECNICAS
DE REANIMACION CARDIOPULMONAR
(RCP) BASICAS
— Objeto. El Ministerio de Educación, en acuerdo con el Consejo Federal de Educación, deberá promover acciones para la toma de conciencia sobre la relevancia social de difundir y aprender las Técnicas de Reanimación Cardiopulmonar (RCP) básicas con carácter voluntario, altruista, desinteresado y solidario.
— Finalidad. La presente ley tiene por finalidad capacitar en la atención primaria básica del paro cardiorrespiratorio para prevenir el acontecimiento de muertes evitables en el ámbito extrahospitalario a los estudiantes del nivel medio y del nivel superior.
— Autoridad de aplicación. Será autoridad de aplicación el Ministerio de Educación en acuerdo con el Consejo Federal de Educación y en coordinación con el Ministerio de Salud en acuerdo con el Consejo Federal de Salud.
— Asesoramiento. Créase la Comisión RCP - Argentina, con carácter consultivo, en el ámbito del Ministerio de Educación.
— Integración de la Comisión RCP - Argentina. La Comisión RCP - Argentina estará integrada por un (1) representante del Ministerio de Educación, un (1) representante del Ministerio de Salud, un (1) representante del Consejo Federal de Educación y un (1) representante del Consejo Federal de Salud, los que serán designados en carácter ad honórem.
— Funciones. Serán funciones de la Comisión RCP - Argentina:
-
Formular el programa de capacitación en RCP en base a las normativas vigentes en el ámbito nacional.
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Recomendar a las jurisdicciones los contenidos actualizados de reanimación cardiopulmonar.
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Difundir las normativas actualizadas sobre las Técnicas de Reanimación Cardiopulmonar.
-
Recomendar los requisitos para la habilitación de instituciones responsables de la formación de instructores.
-
Confeccionar un registro único de las instituciones habilitadas para la formación de instructores.
-
Difundir novedades científicas sobre el síndrome de muerte súbita y las técnicas relacionadas con la RCP.
— Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO...
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