Ley 26.669

Fecha de la disposición14 de Abril de 2011

PRESIDENCIA DE LA NACION SecretarIa Legal y TEcnica Dr. Carlos Alberto Zannini Secretario DirecciOn Nacional del Registro Oficial DR. Jorge Eduardo FeijoÓ Director Nacional www.boletinoficial.gob.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gob.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual N'º' 906.844

Domicilio legal Suipacha 767-C1008AAO Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 5218–8400 y lÃneas rotativas Precio $ 2,00

Buenos Aires, jueves 14 de abril de 2011

Año CXIX Número 32.130

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LEYES CONMEMORACIONES 26.665

1

CONVENIOS 26.669

Apruébase el Convenio sobre el Trabajo en el Sector Pesquero —Convenio 188—, adoptado por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, en Ginebra,

1

DECRETOS MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS 428/2011

1

429/2011

2

SECRETARIA DE CULTURA 425/2011

3

426/2011

3

TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL 437/2011

3

DECISIONES ADMINISTRATIVAS JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS 151/2011

7

SECRETARIA DE CULTURA 152/2011

7

SINDICATURA GENERAL DE LA NACION 150/2011

7

8

Primera Sección Sumario LEYES CONMEMORACIONES Ley 26.665

Institúyase la fecha 29 de mayo como el DÃa Nacional del Folklorista.

Sancionada: Marzo 16 de 2011

Promulgada de Hecho: Abril 7 de 2011

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.

sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1

'º — Institúyase la fecha 29 de mayo como el “DÃa Nacional del Folklorista”, en memoria del natalicio de Don Andrés Chazarreta.

ARTICULO 2

'º — La fecha mencionada queda incorporada al calendario de actos y conmemoraciones oficiales de la Nación.

ARTICULO 3

'º — ComunÃquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL 16 MAR 2011.

— REGISTRADO BAJO EL N'º' 26.665 — JULIO C. C. COBOS. — EDUARDO A. FELLNER. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.

CONVENIOS Ley 26.669

Apruébase el Convenio sobre el Trabajo en el Sector Pesquero —Convenio 188—, adoptado por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, en Ginebra, Confederación Suiza.

Sancionada: Marzo 16 de 2011

Promulgada de Hecho: Abril 7 de 2011

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.

sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1

'º â Apruébase el CONVENIO SOBRE EL TRABAJO EN EL SECTOR PESQUERO â...

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