Ley 26.519

Fecha de la disposición24 de Agosto de 2009

Boletin oficial de la RepUblica aRgentina los documentos que aparecen en el bOletin OFicial de la RepUblica aRgentina serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional (decreto nº 659/1947) Precio $ 1,10

PRESIDENCIA DE LA NACION SecretarIa LegaL y tecnIca Dr. Carlos alberto Zannini Secretario DIreccIOn nacIOnaL DeL regIStrO OfIcIaL Dr. Jorge eDuarDo FeiJoÓ Director nacional www.boletinoficial.gov.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar registro nacional de la Propiedad Intelectual nº 723.199

DOmIcILIO LegaL Suipacha 767-c1008aaO Nº 31.721 2

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Pág. Pág.

Ministerio De CienCia, teCnologia e innoVaCion ProDuCtiVa 139/2009

Ministerio De trabaJo, eMPleo Y seguriDaD soCial 141/2009

142/2009

Ministerio De Desarrollo soCial 143/2009

Ministerio Del interior 146/2009

Ministerio De eConoMia Y FinanZas PubliCas 147/2009

Ministerio De eDuCaCion 149/2009

PresuPuesto 140/2009

144/2009

PresiDenCia De la naCion 145/2009

resoLuciones Congresos 951/2009-SG Declárase de Interés Nacional el 'I Congreso Nacional e Internacional del Catastro en la Argentina' y 'II Encuentro Provincial de Catastro - Córdoba' a desarrollarse en la ciudad de Córdoba. ..

convenciones coLectivAs De trABAJo La comisión podrá requerir el asesoramiento de:

  1. Las áreas legales de los distintos ministerios, secretarías, Banco Central de la República Argentina, AFIP, ANSES, entes autárquicos y descentralizados y todo organismo público, los cuales a solicitud de la mayoría de la comisión podrán proponer un asesor de enlace;

  2. Académicos, técnicos e informáticos de centros de investigación, universidades y profesionales especialistas en cada materia;

  3. La Comisión de Juristas designada en virtud de la ley 24.967; a la Comisión Bicameral Permanente creada por la ley 26.122, y valerse de cuantas demás atribuciones cuente conforme a lo establecido en esta ley y en su propio reglamento.

ARTICULO 7º

Los servicios jurídicos de los distintos organismos, la Procuración del Tesoro de la Nación y la Secretaría Legal y Técnica de Presidencia de la Nación, deberán poner a disposición de la comisión, en el plazo de dos (2) meses de iniciada la tarea de ésta, un listado con las leyes delegantes...

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