Ley 25698
Fecha de disposición | 25 Abril 2001 |
Fecha de publicación | 09 Enero 2003 |
Sección | Legislación y Avisos Oficiales, Leyes |
Número de Gaceta | 30064 |
ACUERDOS ACUERDOS.
Ley 25.698
Apruébase el Acuerdo de Cooperación Económica y Comercial suscripto en Buenos Aires el 25 de abril de 2001 con el Gobierno de Santa Lucía .
Sancionada: Noviembre 28 de 2002 .
Promulgada de Hecho: Enero 7 de 2003 .
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de. Ley:.
Apruébase el ACUERDO DE COOPERACION ECONOMICA Y COMERCIAL ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y EL GOBIERNO DE SANTA LUCIA, suscripto en Buenos Aires el 25 de abril de 2001, que consta de NUEVE (9) artículos, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley .
Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional .
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL 28 NOV. 2002.
- REGISTRADO BAJO EL N° 25.698 -.
EDUARDO O. CAMAÑO. - JUAN C. MAQUEDA - Eduardo D. Rollano. - Juan C. Oyarzún .
ACUERDO DE COOPERACION ECONOMICA Y COMERCIAL ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y EL GOBIERNO DE SANTA LUCIA.
El Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de Santa Lucía, en adelante denominados "las Partes":
Teniendo en cuenta las relaciones existentes entre los dos países;
Deseando fortalecer y promover la cooperación en el campo económico y comercial sobre la base de la igualdad y el mutuo beneficio, y
Reconociendo el beneficio que derivará en dicha ampliada cooperación,
Han acordado lo siguiente:
Las Partes tomarán todas las medidas adecuadas dentro del marco de sus respectivas leyes y reglamentaciones para desarrollar las relaciones comerciales y promover la cooperación económica entre los dos países.
Las Partes y sus organismos podrán implementar a través de la vía diplomática acuerdos que establezcan los detalles y procedimientos de las actividades específicas de cooperación en virtud del presente Acuerdo.
La cooperación a la que se hace referencia en el presente Acuerdo incluirá específicamente las siguientes actividades:
-
intercambio de bienes y servicios;
-
operaciones bancarias y financieras;
-
transporte;
-
comunicaciones;
-
producción industrial y agrícola especialmente participación en la construcción de nuevas plantas industriales como así también la ampliación o modernización de las ya existentes;
-
establecimiento de empresas conjuntas para la producción y...
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