Ley 23052
Fecha de disposición | 21 Marzo 1984 |
Fecha de publicación | 21 Marzo 1984 |
Sección | Legislación y Avisos Oficiales, Leyes |
Número de Gaceta | 25390 |
LEY 23.052
Régimen de calificación de películas cinematográficas
- Derogación de la ley 18.019 que creará el Ente
de Calificación Cinematográfica.
Sanción: 22 febrero 1984
Promulgación: 9 marzo 1984
Publicación: B. O. 21/3/84
Derógase la ley 18.019.
En el Instituto Nacional de Cinematografía.
funcionará un sistema de calificación de películas
cinematográficas que se pretenda exhibir en la Capital
Federal y demás territorios federales, el que deberá
ser integrado por representantes de los organismos competentes
del Estado en lo que se refiere a cultura, educación y
protección de la minoridad y en el caso de incluirse representantes
de instituciones privadas, por personal con reconocida idoneidad
profesional, asegurando el debido respeto al pluralismo ideológico
y religioso de la sociedad argentina, a los fines de:
-
Establecer su aptitud para ser vistas por menores, contemplando
el caso, si se lo considera conveniente de que asistan. a su exhibición
en compañía de sus padres.
-
Prevenir a los adultos sobre su contenido mediante una calificación
específica.
El Poder Ejecutivo reglamentará esta disposición,
estableciendo sanciones que no superen los treinta días
de clausura del local y los quinientos mil pesos argentinos de
multa para los distribuidores y exhib¡dores que no cumplieran
con las obligaciones impuestas en relación a las calificaciones
que corresponden al Instituto. Entenderá en el juzgamiento
de las infracciones la justicia correccional. El monto de las
multas será actualizado trimestralmente por el Instituto
Nacional de Cinematografía, sobre la base del aumento registrado
en el índice de precios al por mayor nivel general publicado
oficialmente por el Instituto Nacional de Estadística y
Censos. La primera actualización será efectuada
a los noventa (90) días a partir de la publicación
de la presente ley.
Las normas reglamentarias que oportunamente se dicten incluso
en su aspecto sancionatorio, así como las calificaciones
que se hagan sobre la base de aquellas normas, serán aplicables
a las películas que se pretendan exhibir en las jurisdicciones
provinciales cuando en las mismas se dicten expresamente normas
de adhesión a este régimen.
El Poder Ejecutivo nacional está.
facultado para disponer todas las medidas administrativas atinentes
a la disolución del Ente de Calificación Cinematográfica
que la ley 18.019...
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