Ley 22641
Fecha de disposición | 14 Septiembre 1982 |
Fecha de publicación | 14 Septiembre 1982 |
Sección | Legislación y Avisos Oficiales, Leyes |
Número de Gaceta | 25004 |
INFOLEG LEY DE MINISTERIOS
LEY Nº 22.641
Facultad al Poder Ejecutivo Nacional para delegar en los Ministros y en los Secretarios de la Presidencia de la Nación facultades relacionadas con las materias que le competen.
Modifícase la Ley Nº 22.520.
Buenos Aires, 13 de setiembre de 1982.
EN uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 5º del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional.
EL PRESIDENTE DE LA NACIóN ARGENTINA
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY
Sustitúyense los artículos 14, 15 y 16 de la Ley Nº 22.520, por los siguientes:
"Artículo 14. - Facúltase al Poder Ejecutivo Nacional para delegar en los Ministros y en los Secretarios de la Presidencia de la Nación facultades relacionadas con las materias que les competen, de acuerdo con lo que determine expresa y taxativamente por decreto.
Sustitúyese el punto 3 del artículo 10 de la Ley número 22.520, por el siguiente:
"3. Inteligencia del Estado".
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
BIGNONE
Llamil Reston
Lucas J. Lennon
Jorge Wehbe
Cayetano A. Licciardo
Horacio M. Rodríguez Castells
Adolfo Navaja Artaza
Héctor F. Villaveirán
Conrado Bauer
Julio J. Martínez Vivot
Juan R. Aguirre Lanari
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