Ley 20340

Fecha de disposición17 Mayo 1973
Fecha de publicación17 Mayo 1973
SecciónLegislación y Avisos Oficiales, Leyes
Número de Gaceta22668

INFOLEG ORGANISMOS DEL ESTADO.

INTA.

LEY Nº 20.340

Asignación de funciones y otras normas.

Bs. As., 3/5/73.

EN uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Estatuto de la Revolución Argentina,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY:

Artículo 1º

Sustitúyense los artículos 8º, 16, inciso a) y 19 del Decreto-Ley Nº 21.680/56, modificado por las Leyes Nros. 15.273 y 15.429 Decreto-Ley número 1.120/63 y Leyes Nros. 18.134, 18.428 y 19.275 los que quedarán redactados en la siguiente forma:

Artículo 8º

La Dirección Nacional será el organismo ejecutivo del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria. Estará integrado en su parte técnica por un Director Nacional y Directores Nacionales Asistentes, que entenderán en cada una de las ramas fundamentales de las actividades del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria, y en su parte administrativa por un Director General de Administración que dependerá del Director Nacional y tendrá en el escalafón la misma jerarquía que los Directores Nacionales Asistentes. El Director Nacional, los Directores Nacionales Asistentes y el Director General de Administración, serán designados por el Consejo Directivo en la forma que determine la reglamentación.

El Consejo Directivo deberá determinar cuál de los Directores Nacionales Asistentes sustituirá al Director Nacional en caso de ausencia.

El Director Nacional y los Directores Nacionales Asistentes no podrán desempeñar ninguna otra función o empleo en el orden nacional, provincial, municipal o en la actividad privada que signifique percepción de haberes u obligación de horario. Para el Director General de Administración esa situación será optativa.

Para ser Director Nacional se requiere ser argentino y poseer el título de ingeniero agrónomo o médico veterinario.

Son funciones de la Dirección Nacional:

  1. Formular los objetivos y planes generales de trabajo;

  2. Asesorar al Consejo Directivo y hacer cumplir sus resoluciones manteniéndolo permanentemente informado sobre la marcha del organismo;

  3. Coordinar la labor técnico-administrativa y ejercer todas aquellas otras...

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