Ley 8180 / 2009. Ley del 29 de Mayo de 2009. Aviso Nro: 9550

Fecha de la disposición 3 de Junio de 2009
Número de Boletín27048
Fecha de Publicación 3 de Junio de 2009

Ley N° 8.180 La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de LEY:

Artículo 1°

Autorízase al Poder Ejecutivo a otorgar a la Comuna de San Pedro de Colalao, departamento Trancas, por un plazo de diez (10) años contados a partir de la publicación de la presente ley, el usufructo del pozo y la bomba de agua que se encuentran dentro del inmueble de la Colonia de Vacaciones del ex Banco Provincia ubicado en esa localidad, identificado en una mayor extensión como Padrón N° 99.136 e inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral N° X-02519. Art. 2°.- Inclúyese la fracción de terreno necesaria para ingresar al predio y el espacio suficiente para maniobras de operaciones y la posibilidad de realizar otra perforación, en el caso que resulte insuficiente o presente deterioros, compuesto por las siguientes medidas y linderos:

NORTE:

20.00 mts., camino de por medio con propietarios varios; SUR:

20.00 mts., con Superior Gobierno de la Provincia; ESTE:

20,00 mts., con Superior Gobierno de la Provincia; OESTE:

20,00 mts., con Superior Gobierno de la Provincia. La servidumbre de paso otorgada tiene una superficie de 2618,1583 m2 y...

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