Ley 7826 / 2006. Ley del 11 de Octubre de 2006. Aviso Nro: 11594

Fecha de la disposición23 de Octubre de 2006
Número de Boletín26397
Fecha de Publicación23 de Octubre de 2006

LEY N° 7826 La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de LEY:

Artículo 1° Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, un inmueble ubicado en La Ramada de Abajo, departamento Burruyacu, identificado según Plano de Mensura N° 164/83 como "Fracción III" con la siguiente nomenclatura catastral:

Circunscripción:

I, Sección:

K, Lámina:

15, Parcela 213 B, Padrón N° 196.996, Matrícula:

24.169, Orden:

400, e inscripto en el Registro Inmobiliario en el Libro 6, Folio 12, Serie C, Año 1968, departamento Burruyacu, con una superficie de 3 Has 0835 m2. Art. 2°.- El inmueble descripto en el artículo precedente será destinado al funcionamiento de un Museo. Art. 3°.- Comuníquese. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Tucumán, a los dieciocho días del mes de setiembre del año dos mil seis. C.P.N. Fernando Said Juri Presidente Subrogante H. Legislatura de Tucumán. Silvio Rafael Manservigi Secretario H. Legislatura de Tucumán. REGISTRADA BAJO EL N° 7.826.- San...

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