Ley 7547 / 2005. Ley del 10 de Mayo de 2005. Aviso Nro: 2610

Fecha de la disposición16 de Mayo de 2005
Número de Boletín26034
Fecha de Publicación16 de Mayo de 2005

Ley N° 7.547. La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de LEY:

Artículo 1° Autorízase al Sistema Provincial de Salud a transferir al Instituto Provincial de Vivienda y Desarrollo Urbano; la titularidad dominial de una fracción del inmueble de su propiedad, ubicado en calle San Miguel, Avenida Ejército del Norte y calle Venezuela, departamento Capital, identificado como Fracción B; Matrícula Registral N-31290, Nomenclatura Catastral:

Padrón N-226032, Matrícula 5997/4061, Circunscripción:

I; Sección 6B, Manzana o Lámina 35-37, Parcela 21 C, Superficie:

17 Has. 6917,1919 m2. La extensión de la fracción y sus límites serán establecidos por el Instituto Provincial de Vivienda y Desarrollo Urbano, atento a las necesidades del proyecto indicado en el Art. 2° de la presente ley. Art. 2°- El inmueble descripto en el artículo precedente, será destinado para el Reordenamiento Urbano y Mejoramiento del Sector que comprende los Barrios Alberdi Norte, San Roque Oeste y Juan Pablo II, en el marco del Programa de Mejoramiento de...

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