Ley 18902
Fecha de disposición | 05 Febrero 1971 |
Fecha de publicación | 05 Febrero 1971 |
Sección | Legislación y Avisos Oficiales, Leyes |
Número de Gaceta | 22109 |
Modificación a la Ley 18.416 ADMINISTRACIóN PUBLICA NACIONAL
Modificación a la Ley 18.416.
Atribuciones a los Ministerios.
Ley N° 18.902
Bs. As. 31/12/70
''EN uso las atribuciones conferidas por el artículo 59 del Estatuto de la Revolución Argentina,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA
CON FUERZA DE LEY:
Articulo l° - Sustituyese el inciso 1. del articulo 4° de la Ley N° 18 416 por el siguiente: "Ministerios que tienen atribuida la responsabilidad de aplicación de políticas, estrategias y ejecución de planes y programas nacionales, en Secretarías de Estado. Comprenden los Ministerios y Secretarias de Estado de ellos dependientes, que a continuación se detallan:
MINISTERIO DE ECONOMIA Y TRABAJO
· Secretaría de Estado de Agricultura y Ganadería
· Secretaría de Estado de Hacienda
· Secretaría de Estado de Industria y Comercio Interior
· Secretaría de Estado de Comercio Exterior
· Secretaría de Estado de Trabajo
· Secretaría de Estado de Minería
MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
· Secretaría de Estado de Obras Públicas y Transporte
· Secretaria de Estado de Energía
· Secretaría de Estado de Comunicaciones
· Secretaria de Estado de Recursos Hídricos
· Secretaría de Estado de Marina Mercante
MINISTERIO DE BIENESTAR SOCIAL
· Secretaría de Estado de Promoción y Asistencia de la Comunidad
· Secretaría de Estado de Seguridad Social
· Secretaría de Estado de Salud Pública
· Secretaría de Estado de Vivienda"
Sustitúyese en el mismo texto legal el artículo 34 por el siguiente:
"Secretaría de Estado de Obras Publicas y Transporte
Compete a la Secretaría de Estado de Obras Públicas y Transporte, el dictado de normas, fiscalización, ejecución y conservación de obras públicas nacionales y lo inherente al fomento, explotación, coordinación y. fiscalización de los servicios públicos de transporte te que no estén confiados a otros Ministerios, Comandos en Jefe y Secretarías de Estado en particular:
-
Entender en el dictado de normas, construcción y conservación de toda obra vial cuya realización corresponda al Gobierno Nacional. Coordinar los programas de acción con los Comandos en Jefe, Gobiernos Provinciales y Municipales.
-
Entender en el asesoramiento, dictado de normas, fiscalización y ejecución de las obras públicas, en coordinación con los Ministerios y Secretarías de Estado competentes.
-
Entender en el desarrollo de normas y tareas de conservación para los edificios públicos, monumentos y lugares históricos en coordinación...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba