Ley 14.182

LEY 14.182.

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, sancionan con fuerza de Ley

ARTÍCULO 1º

Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles ubicados en el partido de San Pedro, designados catastralmente como:

1) Circunscripción VIII, Sección A, Manzana 2,

  1. Parcelas 1 y 2: inscriptos sus dominios en el F° 222/68, a nombre de “Fundación Coronel Plácido Obligado y Dolores Obligado de Obligado” y/o quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios.

  2. Parcela 3: inscripto su dominio en la Matrícula 7039, a nombre de “Fundación Coronel Plácido Obligado y Dolores Obligado de Obligado” y/o quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios.

  3. Parcela 4: inscripto su dominio en la Matrícula 7040, a nombre de “Fundación Coronel Plácido Obligado y Dolores Obligado de Obligado” y/o quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios

    2) Circunscripción VIII, Sección A, Manzana 4,

  4. Parcela 2: inscripto su dominio en el F° 222/68, a nombre de “Fundación Coronel Plácido Obligado y Dolores Obligado de Obligado” y/o quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios.

  5. Parcela 3: inscripto su dominio en la Matrícula 7042, a nombre de “Fundación Coronel Plácido Obligado y Dolores Obligado de Obligado” y/o quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios

    3) Circunscripción VIII, Sección A, Manzana 6, Parcela 3: inscripto su dominio en la Matrícula 7.041, a nombre de “Fundación Coronel Plácido Obligado y Dolores Obligado de Obligado” y/o quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios

    4) Circunscripción VIII, Sección A, Manzana 11,

  6. Parcela 1: inscripto su dominio en la Matrícula 10.306, a nombre de “Fundación Coronel Plácido Obligado y Dolores Obligado de Obligado” y/o quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios.

  7. Parcelas 2, 3, 4, 5: inscriptos sus dominios en el F° 222/68, a nombre de “Fundación Coronel Plácido Obligado y Dolores Obligado de Obligado” y/o quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios.

  8. Parcela 6: inscripto su dominio en la Matrícula 10.303, a nombre de “Fundación Coronel Plácido Obligado y Dolores Obligado de Obligado” y/o quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios.

  9. Parcela 7: inscripto su dominio en la Matrícula 10304, a nombre de “Fundación Coronel Plácido Obligado y Dolores Obligado de Obligado” y/o quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios.

  10. Parcela 8: inscripto su dominio en la...

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