Ley 13.687 de 04 de Julio de 2007

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, sancionan con fuerza de LEY

ARTICULO 1º

Decláranse de utilidad pública y sujetas a expropiación las fracciones de terrenos ubicadas en el partido de Quilmes, identificadas catastralmente como: Circunscripción V, Sección H, Manzana 23 p, Parcela 2: inscripto su dominio en la matrícula 47.488, a nombre de Nornel Sociedad Anónima, Comercial, Industrial, Financiera, Inmobiliaria y Agropecuaria; Parcela 3: inscripto su dominio en el Fº 4092/59, a nombre de Sergio Nemesio González; Parcela 4: inscripto su dominio en la Matrícula 48.627, a nombre de Mosteiro o Mosteiro y Blanco Nelson Ramón y/o quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios.

ARTICULO 2º

Los inmuebles citados en el artículo anterior serán adjudicados en propiedad, a título oneroso y por venta directa a sus actuales ocupantes.

ARTICULO 3º

La Autoridad de Aplicación de la presente Ley será determinada por el Poder Ejecutivo y tendrá a su cargo el contralor y ejecutividad de las adjudicaciones, actuando como ente coordinador entre las distintas áreas administrativas provinciales y municipales y elaborará en conjunto con las mismas, las medidas necesarias a tal fin.

ARTICULO 4º

Para el cumplimiento de la finalidad prevista, la Autoridad de Aplicación tendrá las siguientes funciones:

  1. Podrá delegar en la Municipalidad de Quilmes la realización de un censo integral de la población afectada, a fin de determinar mediante el procesamiento de datos recogidos, el estado ocupacional y socio-económico de los ocupantes.

  2. Gestionar ante el organismo que corresponda la subdivisión de las parcelas de acuerdo con...

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