Ley 13.417

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, sancionan con fuerza de

LEY

ARTICULO 1º

Declárase el estado de emergencia del Servicio Penitenciario Bonaerense y de la Dirección General de Salud Penitenciaria, órganos dependientes del Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, por el término de seis (6) meses y autorízase al Poder Ejecutivo a extender por seis (6) meses adicionales su vigencia.

ARTICULO 2º

La emergencia declarada comprende los aspectos organizativos, funcionales, operativos y laborales del Servicio Penitenciario Bonaerense y de la Dirección General de Salud Penitenciaria y perseguirá los siguientes objetivos:

  1. Transformar la estructura del Servicio Penitenciario Bonaerense y de la Dirección General de Salud Penitenciaria, creando, modificando, extinguiendo o suprimiendo total o parcialmente funciones, asignando o reasignando las mismas en los términos que se determinen, a fin de dotarlas de eficiencia, para atender sus misiones fundamentales.

  2. Optimizar los recursos humanos y materiales, y los servicios que prestan.

ARTICULO 3º

La emergencia es causal suficiente y autoriza a reasignar funciones, destinos, reglamentar las obligaciones, poner en disponibilidad simple, jubilar o pasar a retiro y declarar la prescindibilidad del personal del Servicio Penitenciario Bonaerense y de la Dirección General de Salud Penitenciaria.

ARTICULO 4º

La prescindibilidad no podrá ser aplicada al personal que se hallare en condiciones de acceder a retiro o jubilación. El personal declarado prescindible tendrá derecho al cobro de una indemnización equivalente a un (1) mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de tres (3) meses, tomando como base la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada durante el último año, siempre que no concurran los supuestos previstos por el artículo 5º de la presente Ley.

ARTICULO 5º

En el supuesto de agentes sometidos a sumario administrativo o proceso penal, de los que pudieran resultar sanciones de cesantías o exoneración, el reconocimiento y pago de la indemnización por prescindibilidad quedará suspendido y sujeto al resultado de dichas actuaciones. Los...

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